LA EVASI?N TRIBUTARIA NO S?LO ES EN RENTA DE 4TA. CATEGOR?A y No Pagar Impuestos Deporte Nacional
Como sabrás el gobierno de Humala habla de evasión tributaria, pero indica que más se dedicará a fiscalizar Renta de 4ta. categoría (profesionales independientes y personas que tienen oficio), descuidando sobre todo lo que es Renta de 3era. categoría, donde la evasión tributaria es mayor. (N.R.: Es decir, en el Perú únicamente se busca ajustar tributariamente a las clases medias técnicas y profesionales; segmento que en países como China y Rusia buscan fortalecer, pues son el cerebro de los países, necesarios para un real cambio de modelo económico-social que privilegie la vida al lucro de minorías inescrupulosas, a las cuales pretenden cubrir de la evasión con la caza tributaria de profesionales).
Para erradicar la evasión Tributaria tiene que efectuarse integralmente, tal como se propone en este artículo.
Algo más, tienen como Jefe de la SUNAT a la prima de Nadine Heredia (Tania Quispe), vinculada a una de las empresas que asesora tributariamente a las grandes compañías nacionales y transnacionales.
Así como la CORRUPCIÓN, la EVASIÓN TRIBUTARIA es otra lacra de nuestra sociedad.
Sobre el asunto, debo indicar que la evasión tributaria tanto del IGV, como del IRTA supera ampliamente los porcentajes señalados oficialmente.
La evasión tributaria que es significativa en nuestro país, hemos venido denunciando desde el Gobierno de Fujimori hasta la fecha. Además, hemos propuesto como afrontarla y erradicarla.
Al respecto, debo precisar que la Evasión Tributaria no sólo es en el IGV y en el IRTA de 4ta.categoría, sino en todos los tributos, así tenemos:
Renta de 1era. Categoría: La mayoría que alquila inmuebles no paga mensualmente el impuesto a la renta y los que alquilan bienes muebles tampoco pagan, ejemplo los que alquilan autos para fines de taxis.
Renta de 2da. Categoría: Los que ganan intereses por préstamos efectuados no tributan y menos los que ceden en uso Patentes, Marcas, Inventos, etc.
Renta de 3era.categoría: La evasión en este tributo es significativa. La SUNAT descuido la fiscalización del IRTA de 3era., debido a la falta de especialista, pues los mismos fueron separados durante la dictadura de Fujimori. Recién a partir del 2007 están fiscalizando, pero desconocen la auditoria de este tributo.
En el caso de los principales contribuyentes la SUNAT manifiesta que los tiene controlados, pero indicaremos en lo que declaran, pero en lo que no declaran no pueden controlarlo, pues muchas veces compran sin factura y venden sin factura. Falta fiscalización.
Renta de 4ta. Categoría: La mayoría no declara todos sus ingresos, sólo declaran parcialmente. Unos por desconocimiento y otros no quieren declarar. Este impuesto es muy poco entendible por la mayoría de los contribuyentes, la legislación es muy compleja, siendo entendida sólo por los contadores.
Renta de 5ta. Categoría: Muchos trabajadores que deberían estar en planilla, por el trabajo que realizan, en las empresas los obligan a obtener su RUC para que emitan recibo de honorarios profesionales. No sólo hay evasión en el impuesto a la renta de 5ta categoría, sino también en ESSALUD y en ONP (Sistema Nacional de Pensiones).
Impuesto General a las Ventas (IGV): La evasión tributaria es significativa, a pesar que la SUNAT desde 1993 se dedicó a fiscalizarlo. La SUNAT se creó el año 1989 y fue intervenida por el Fujimorismo en el año 1992
Otra causa de la Evasión Tributaria son las Exoneraciones Tributarias, pero no tanto las referidas al agro y a las zonas de frontera, sino a las exoneraciones del IGV que tienen los Bancos, pues ninguna de sus operaciones está gravada con el IGV; igual gozan de exoneraciones las operaciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). También están exoneradas del IGV y del IRTA de 3era. las Asociaciones sin fines de lucro (educación particular), pues no tributan, a pesar que la educación es una actividad bien lucrativa.
Las asociaciones sin fines de lucro (clubes privados) están exoneradas del IGV y del Impuesto a la Renta (IRTA) en cuanto a las cuotas mensuales que pagan los socios; pero no están exoneradas si realizan actividades comerciales, como son alquiler de las canchas deportivas, academia de natación, fulbito, y otras disciplinas. De igual manera los Colegios y Universidades particulares organizadas como asociaciones sin fines de lucro. La SUNAT no las fiscaliza.
No pagar Deporte Nacional, porque del total de contribuyentes que deberían pagar tributos sólo el 50% lo hace, advierte el ex Superintendente Nacional de Administración Tributaria, Luis Alberto Latínez Carpio, ex decano del Colegio de Contadores Públicos de Lima.
El experto señala que la desigualdad tributaria contribuye a incrementar los índices de evasión en el Perú. “El principio tributario de igualdad no se cumple, porque todos los que deben tributar no lo hacen y los que tributan no lo realizan de acuerdo a su capacidad económica”, advierte. Añade que la evasión tributaria se da en todos los niveles.
A las conocidas argucias que realizan algunos malos contribuyentes, se suman las exoneraciones tributarias que otorga la propia Sunat, no tanto las referidas al sector agrícola y a las zonas de frontera, sino, recalca Latínez Carpio, las exoneraciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) que gozan las entidades financieras, pues ninguna de sus operaciones están gravadas con el IGV.
Además, las operaciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) también están exoneradas del IGV y del pago del IRTA de tercera, las Asociaciones sin fines de lucro (Educación particular), simplemente no tributan, a pesar que la Educación es una actividad bien lucrativa, cuestiona el ex decano.
Otras asociaciones sin fines de lucro, los clubes privados, están exoneradas del pago del IGV y del Impuesto a la Renta (IRTA) en lo que se refiere a las cuotas mensuales que pagan los socios. Sin embargo no están exoneradas de cumplir con sus obligaciones tributarias si realizan actividades comerciales como el alquiler de las canchas deportivas, las clases pagadas de sus academias de natación, y otros servicios, pero a pesar de ello “la Sunat no los fiscaliza”, recalca.
Otra causa de la evasión tributaria son los Convenios de Estabilidad Tributaria, por los cuales al inversionista extranjero se le congelan las tasas de los impuestos y toda creación de nuevo tributo no los afecta. Mientras el inversionista nacional no tiene ningún beneficio.
Según Latínez, para erradicar la evasión tributaria, que en nuestro país es muy compleja, deberá implementarse las siguientes medidas correctivas: Implementar una reforma tributaria integral para que todos paguen sus tributos de acuerdo a su capacidad económica. El nuevo Sistema Tributario Nacional deberá ser sencillo y entendible por todos los contribuyentes y no sólo por los contadores. Además, debe eliminarse el ITAN y el ITF.
También recomienda realizar operativos de verificación del cumplimiento de obligaciones tributarias, que consiste en visitar “cada distrito, casa por casa”, para detectar a los que no declaran y de esta manera formalizarlos. Asimismo, aconseja fiscalizaciones integrales de renta de tercera categoría en forma rápida y oportuna.
En lo que se refiere a la política fiscal del gobierno, debe eliminarse la exoneración del IGV a las operaciones de los bancos e instituciones financieras, a las AFP, colegios, Universidades e institutos privados. También debe eliminarse los convenios de estabilidad tributaria.
“Debemos crear conciencia tributaria, para ello se debe incluir en la currícula escolar temas sobre tributación, especificándose, entre otros, la importancia de los tributos. Sancionar con carcelería a los que incurran en delitos tributarios. Nadie está preso por delito tributario”, dice.
En la renta de PRIMERA CATEGORIA, la mayoría que alquila inmuebles no paga mensualmente el impuesto a la renta y los que alquilan bienes muebles tampoco pagan. Por ejemplo, las personas que alquilan autos diariamente para realizar el servicio de taxi, en su mayoría no pagan ningún tipo de tributo.
Renta de SEGUNDA CATEGORIA: Los que ganan intereses por préstamos efectuados no tributan y menos los que ceden en uso patentes, marcas, inventos, etc.
Renta de TERCERA CATEGORIA: La evasión en este tributo es significativa. La Sunat descuidó la fiscalización del IRTA de 3era., debido a la falta de especialistas, pues los mismos fueron separados durante la dictadura de Fujimori. Recién a partir del 2007 están fiscalizando, pero desconocen la auditoría de este tributo, adicionalmente podemos advertir que la administración solo contrata a jóvenes que están estudiando en las universidades o a quienes recién han culminado su carrera, pero que no tienen la experiencia y el conocimiento de saber cómo funcionan las empresas en la práctica, motivo por el cual hay una gran cantidad de reclamos debido a emisiones de valores que no son fundamentados fehacientemente.
Renta de CUARTA CATEGORIA: La mayoría no declara todos sus ingresos, sólo los declaran parcialmente. Unos por desconocimiento y otros por ocultamiento. Este impuesto es muy poco entendible por la mayoría de los contribuyentes. La legislación tributaria es muy compleja, siendo entendida sólo por los especialistas tributarios y muchos contadores que se dedican a capacitarse permanentemente.
Renta de QUINTA CATEGORIA: Muchos trabajadores que deberían estar en planilla, cobran sus honorarios con recibo de honorarios profesionales.
Existe un proyecto de ley sobre la Auditoría Tributaria Independiente que el Colegio de Contadores Público de Lima presentó al Congreso de la República el año 2003 y que propone la colaboración de los contadores para erradicar la evasión tributaria. El proyecto fue archivado.



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