El Código Procesal y el Ministerio Público

Es Noticia, Sonia Medina: Procuraduría no descarta citación a Lourdes Flores por Caso Cataño – 18/11/2010 10:16:55
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Ideeleradio.- La lideresa del Partido Popular Cristiano (PPC), Lourdes Flores Nano, y otras personas que estuvieron relacionadas a Peruvian Airlines, podrían ser citadas durante la etapa de investigación preparatoria que se ha iniciado en contra del empresario César Cataño, si es que las autoridades judiciales de Tacna deciden comprender a esta aerolínea en las indagaciones, estimó la procuradora antidrogas Sonia Medina.
Fue al ser consultada por el caso de la ex candidata municipal, quien se desempeñó como presidenta del directorio de esa aerolínea. Flores Nano renunció a este cargo en octubre del año pasado y su salida se oficializó el pasado 13 de enero.
?Durante esta etapa de investigación preparatoria, que es prácticamente la etapa formal a nivel judicial va a tener que implicarse a cuanta persona resulte vinculada a las empresas jurídicas que no han sido investigadas [Peruvian Airlines]. Ojo que no estoy adelantando criterio ni opinión en cuanto al nombre de la persona que usted me menciona [Lourdes Flores], no vaya a tomarse a tomarse esto como una cosa definida, no lo es hasta este momento?, manifestó en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
Recordó que el caso específico de Peruvian Airlines todavía no ha sido incluido en la etapa de investigación preparatoria, por razones de tiempo en la fase de investigación preliminar a nivel del Ministerio Público.
?Efectivamente [Peruvian Airlines no está inmersa en esta investigación por desbalance patrimonial], fue parte del comentario de la investigación preliminar y lamentablemente [no se la incluyó] por razones de tiempo de la Policía y porque hay que conservar plazos razonables de investigación?, precisó.
?La Procuraduría ha solicitado, en su momento, la investigación del resto de las empresas que durante el plazo de la investigación preliminar no han sido consideradas. Justamente el plazo, el fiscal en adelante durante la investigación preparatoria serán investigadas las personas jurídicas y naturales que no lo han sido formalmente en la investigación preliminar?, argumentó.
En el marco de la ejecución del nuevo Código Procesal Penal en Tacna, el fiscal provincial Pedro Pérez Gratelly inició una investigación preparatoria contra Cataño Porras, al no disponer aún de pruebas fehacientes para formular acusación penal en su contra por lavado de activos procedentes del narcotráfico.
Fiscal y juez deben tramitar pedido de embargo
En otro momento, Medina Calvo exhortó al titular de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Tacna, Pedro Pérez, y a la magistrada del Primer Juzgado Penal Unipersonal de esa región, Diana Pereira Holanda, a tramitar el pedido que planteó la Procuraduría Antidrogas para que se embarguen los bienes del empresario César Cataño o Adolfo Carhuallanqui Porras.
Fue al ser consultada por la denuncia de la revista Caretas, que señala que César Cataño habría transferido algunos de sus bienes a terceros, pues sus empresas importadoras de autos en Tacna y Lima lucirían vacías.
?Nosotros ya hemos solicitado hace más de quince días [el embargo] y esto queda a la decisión del fiscal que lo haga suyo, y además creo que por resultado de la investigación de la cual haya ha sido director y tiene todos elemento de juicio para hacerlo, considero que [el fiscal] debe solicitarlo en los próximos días?, indicó.
?Aquí cabe el criterio razonable tanto del fiscal como de la juez para que los bienes que son producto o efecto del delito tengan que ser puestos a buen recaudo, por lo menos lo que queda. Por eso, yo exhorto al fiscal y a la juez a que lo tomen en cuenta?, apuntó.
La abogada del Estado sostuvo que el transferir propiedades o bienes a terceras personas es un procedimiento muy común en los investigados por lavado de activos, por lo que dijo esperar que las autoridades judiciales tomes las acciones correspondientes.
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Interesante, Un código peligroso – 29/10/2010 12:25:31
“En los últimos meses, la delincuencia en el país se ha incrementado en un 40 %, según fuentes del propio Ministerio Público. Esto quiere decir que cada día hay más inseguridad en las calles. ?Cuál es la razón? La respuesta podría ser más simple de lo imaginado.
| Unidad de Investigación |
La Fiscal de la Nación viene promoviendo la instalación del nuevo Código Procesal Penal y asegura a los cuatros vientos que la carga procesal ha disminuido y los procesos son mas ágiles en las jurisdicciones en las que se aplica. La gran pregunta es: ?la delincuencia y el crimen organizado han disminuido? La respuesta a simple vista es: No.
Hace seis años se aprobó el nuevo Código Procesal Penal en el Perú, sin duda, una norma esperada, cuya finalidad era acelerar los procesos judiciales y disminuir la carga procesal.
Este modelo inglés es copia fiel de aquel que se aplica, por ejemplo, en los Estados Unidos, con la salvedad de que, en el Perú, la infraestructura y, sobre todo, el financiamiento es exiguo. Huaura fue la primera jurisdicción en la que se aplicó el Código y luego siguieron otras regiones. Se espera que, para el 2011, sea implementado en Lima.
El tema de fondo es que el nuevo Código acorta los plazos de investigación y presentación de pruebas y le da un carácter oral al proceso. Esto quiere decir que el famoso papeleo y los entrampamientos dilatorios se acaban porque el abogado defensor tendrá que emplear la oralidad para presentar su tesis de defensa y eso hace que los juicios se vean en menos tiempo y sean más ágiles. Lo grafican mejor las películas y series americanas, en las que abogados y fiscales se enfrentan ante un jurado. El caso podría ser similar en el Perú, con la gran diferencia de que aquí no hay jurado.
Investigación
Este modelo determina que el fiscal se convierte en pieza clave para la investigación, de acuerdo al numeral 2 del artículo IV del nuevo Código. De ese modo, la Policía Nacional ha perdido la facultad de investigar. Es decir, si ocurre un asesinato, la Policía no puede investigar hasta que llegue el fiscal, que, técnicamente, no conoce este campo.
Asimismo, un delincuente detenido por la PNP no puede declarar si no está su abogado defensor y, si este no se presenta, la Policía solo podrá tomar sus generales de ley y luego dejarlo libre después de 24 horas. Es decir, el delincuente se va a la calle y regresa con una coartada preparada por su defensa y así la Policía se queda sin argumentos para investigar. Esto, como es obvio, está siendo aprovechado al máximo por el crimen organizado.
En el cuadro 1 (ver cuadro en edición impresa) se observan las estadísticas de tres distritos judiciales del Perú y, en esos lugares, según el Ministerio Público, el nuevo Código es un éxito. Pero surge un dato revelador. Por ejemplo, en el caso de Cuzco, de 8,147 denuncias, se han archivado 5,143; otras 779 han tenido ?salidas alternativas?, dos han sobreseído y tan solo tres casos han seguido proceso. Pero ?qué ha sido de los otros 2,220 casos? ?Qué ha pasado con ellos?
El cuadro 2 (ver cuadro en edición impresa) grafica la supuesta aplicación exitosa del nuevo Código Procesal Penal en el caso de La Libertad. Sin embargo, esa región, actualmente, tiene los más altos índices de criminalidad organizada del país. ?Es casualidad? Entonces, no es aventurado pensar que aquellos que no son investigados debidamente retornan a las calles a seguir su actividad delincuencial.
El nivel de aplicación de prisión preventiva con el Código Procesal Penal es bastante bajo. De los 136,081 casos que han ingresado en los distritos judiciales en los que se aplica dicho Código hasta el mes de marzo de 2010, se atendió 3,278 solicitudes de prisión preventiva, lo que equivale a tan solo el 2,4% del total de casos formalizados. Eso quiere decir que 139 mil procesados están en las calles, de los cuales muchos son personas que han delinquido. Aquí, probablemente, está uno de los factores principales sobre la inseguridad ciudadana y el incremento de la delincuencia en los últimos años en el Perú.
Responde la Policía
El general PNP Gustavo Guardia Vásquez, Director de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia PNP, habla sobre el nuevo Código Procesal Penal. ?La Policía ha perdido competencia. No podemos investigar ni hacer uso de los años de experiencia en pericias y criminalística y esto pasa porque el fiscal está confundiendo su rol. U n ejemplo: cuando asesinaron a una fiscal en Ica -donde se aplica el nuevo Código- el Ministerio Público envió todo un equipo de peritos que movieron la escena del crimen y sindicó a un inocente como autor de este. La Policía descubrió luego que el móvil era pasional y el asesino era un fiscal que hasta había incendiado su auto para borrar las huellas del delito. Eso es lo que está pasando en todo los lugares donde se aplica el nuevo Código.
Por eso, proponemos que los fiscales entiendan la labor de la Policía. Los fiscales están para proteger y garantizar la labor policial. Sin embargo, ocurre todo lo contrario, el fiscal quiere ser policía.
La Policía Nacional ha propuesto un proyecto de ley que modifica el nuevo Código. La iniciativa está encarpetada en el escritorio del congresista Souza.
Este proyecto tiene que aprobarse cuanto antes porque la delincuencia ha crecido con el nuevo Código. La Policía no puede actuar porque nos han quitado potestad. Nuestra labor es proteger a la ciudadanía, prevenir la delincuencia y combatir al crimen organizado y, por eso, pedimos que nos ayuden a hacer eso?.
Evidencias
? Hace unas semanas asaltaron a un sacerdote en Chincha, quitándole 20 mil soles.
? Durante la fuga, los ?marcas? chocaron con un auto Tico, cuyo chofer murió y uno de los delincuentes quedó atrapado en la camioneta que habían usado para el atraco. Este sujeto era un policía en actividad. El resto fugó. Al detenido, la Policía le incautó un celular que era una pieza fundamental para seguir la pista de los cómplices. Sin embargo, de acuerdo al nuevo Código que se aplica en Chincha, el fiscal tiene que dirigir la investigación y por eso le preguntó al detenido si podía entregar su celular y este respondió que no. El fiscal avaló esto y, por lo tanto, el celular no quedó como prueba.
? Cuando se pretendió tomar la declaración, el propio fiscal señaló que no podía hacer nada hasta que llegue el abogado que, para colmo, estaba en Lima. ?Quién se beneficia con todo eso?
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Noticia, Experto chileno considera que NCPP no debería de implementarse por tipo de delito – 24/09/2010 14:23:56
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Ideeleradio.- El Nuevo Código Procesal Penal [NCPP] debe ser implementado de manera global y no por tipo de delito y dejar para la última etapa su aplicación en Lima, aconsejó Rafael Blanco catedrático de la Universidad Alberto Hurtado de Chile y quien tuvo a su cargo la reforma procesal en ese país.
Fue al comentar la reciente aprobación en el Pleno del Congreso de la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Penal (CPP) para los casos de corrupción de funcionario.
?Pareciera que lo razonable es no adelantar procesos que pudieran enfrentar serios problemas de implementación o presupuestarios. Y por otra parte pareciera también aconsejable que el sistema, cuando se aplica, se vaya a aplicar en su totalidad y no por parcialidades. Hay países que lo han aplicado sólo en ciertas fases. Me parece que una buena decisión no es segmentarla ni por tipo de delitos, ni por tipo de fases, sino implementarla de manera global?, sostuvo en conversación con el programa ?No Hay Derecho? de Ideeleradio.
El catedrático chileno consideró que la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal en Lima, debería ser dejada al final del cronograma, a fin de que los problemas presupuestarios no perjudiquen su aplicación. Señaló que los riesgos de adelantar de manera parcial la reforma procesal se da en materia de capacitación y presupuestal, ya que un cambio del sistema significaría utilizar una nueva logística y metodología.
Recordó que en el caso de Chile dejaron hasta el final la aplicación de la reforma procesal penal en la capital, ya que requería un proceso de instalación gradual que permitiera sacar lecciones, capacitar mejor a los actores y resolver los problemas que se pudieran producir.
?Me parece que la reforma procesal penal en Perú fue una decisión muy acertada que se viene aplicando correctamente, está arrojando buenos resultados y por lo tanto esa misma experiencia que ustedes implementaron, de aplicación gradual y territorial, debieran seguir implementándose y dejar los esfuerzos más significativos y más complejos – como es el caso de Lima- cuando esto ya haya decantado más y cuando se tenga un presupuesto razonable que permita acompañar esta implementación?, señaló.
Según Blanco Suárez el Perú tiene cifras interesantes respecto a la puesta en marcha del Nuevo Código Procesal Penal ya que ha logrado mejorar la trasparencia y la publicidad de los procesos, lo cual ha ayudado a evitar los casos de corrupción.
?Se cree que la reforma es motivo de impunidad, sin embargo si uno mira las sentencias, el 94% son condenatorias y más de 60% de los casos las peticiones de prisión preventiva son acogidas, lo cual me parece cifras auspiciosas e interesantes?, indicó.
Se debe crear una unidad de coordinación del NCPP
El catedrático chileno propuso que para mejorar la implementación del NCPP en nuestro país es importante crear una unidad de coordinación que articule a las instituciones vinculadas en este tema con el objetivo de mejorar su aplicación.
?Se debe tener una unidad que coordina todo el esfuerzo global de instalación de la reforma. Esta reforma no se instala con la policía trabajando por una parte y el Ministerio Público por otro. Pero que esa unidad no exista en los hechos, sino que funcione, articule, entregue directrices y tome acuerdos interinstitucionales?, manifestó.
?En segundo lugar se debe levantar información a fin de saber qué está funcionando bien para perpetuarlo y si está funcionando mal para modificarlo. Tercero se debe tener un cronograma de trabajo?, indicó.
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Interesante, Ugaz: Sólo es un gesto simbólico anuncio de García de adelantar NCPP – 17/09/2010 14:14:20
“Ideeleradio.- Se trata de declaraciones líricas y de sólo un gesto simbólico el anuncio del presidente Alan García de adelantar el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en Lima, afirmó José Ugaz Sánchez Moreno, ex procurador, tras señalar la falta de un presupuesto significativo para su puesta en marcha.
Fue al comentar la entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) para funcionarios que cometan delitos de corrupción por parte del jefe de Estado.
?No nos quedemos en declaraciones liricas. Yo sí creo que si se pusiera en función estas normas del Código Procesal Penal pero les dieran presupuesto a jueces y crearan y los medios necesarios para eso, sería interesante. Lo que pasa es que para que eso funcione se necesita [además], como ha pasado en otras partes del país, juzgados liquidadores que cierren los procesos anteriores?, manifestó en el programa ?No Hay Derecho? de Ideeleradio.
?No basta el gesto simbólico, eso lo hemos visto más de una vez. Aquí a los presidentes les encantan las declaraciones, pero si eso no se traduce en una norma presupuestal que vise los fondos que hagan que esto funcione nos vamos a quedar una vez más en posibilidades que no se realicen?, remarcó
NCPP debe implementarse cuatro meses antes de su entrada en vigencia
Indicó que la reciente propuesta del jefe de Estado tiene que reflejarse a través de una norma que autorice el presupuesto correspondiente al Poder Judicial y al Ministerio Público para que estos entes puedan aplicar correctamente el Nuevo Código Procesal Penal.
?Este gobierno ha sido bastante [diligente] en opiniones sobre lo que hay que hacer contra la corrupción, pero una cosa es lo que uno declara y otra lo que uno hace. Creo que más allá de la noticia que ya la teníamos hace tiempo, de lo que se trata es ver cómo se ejecuta [la aplicación del NCPP] porque [recordarán] que hemos visto a vocales de la Corte Suprema diciéndole a este Gobierno que no tienen presupuesto?, expresó.
?Yo sí creo que si se dan las condiciones esto puede caminar bien en términos de los casos emblemáticos, pero no se trata de declaraciones liricas se requiere toda una infraestructura nueva y capacitación porque estamos cambiando de cultura jurídica. [?]Si los jueces y fiscales no están capacitados para aplicar esta nueva norma lo que vamos a tener una vez más es vino nuevo en cuero viejo que no va a funcionar?, agregó.
Añadió, que la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal debe implementarse como mínimo cuatro meses antes de la entrada en vigencia, para que finalmente se resuelvan los casos complejos que se llevan en el país.
Magistrados se oponen aplicar NCPP
Sánchez Moreno insistió en señalar que los propios magistrados del Poder Judicial en su momento manifestaron que resulta inviable el adelantar el nuevo Código Procesal Penal en la ciudad de Lima por la falta de recursos.
?Usted ha escuchado a un magistrado emblemático como César San Martín, que ojalá sea el próximo presidente de la Corte Suprema, decir que no tienen presupuesto y [por eso] no es ejecutable la nueva posibilidad del Nuevo Código Procesal Penal y hemos escuchado también a gente del Ejecutivo diciendo que no tienen los recursos para aplicar el nuevo Código?, manifestó.
?Si vamos adelantar el Nuevo Código, que yo creo es un muy buen modelo en esta ciudad, necesitamos muchísimos recursos que hoy no tenemos. Entonces más allá de la declaración lirica -que yo saludo- creo que jueces y fiscales de la ciudad necesitan ingentes recursos que ahora no tienen?, subrayó.
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Que opina? Cubas: DL 1097 es improcedente porque sobreseimiento no está previsto en NCPP – 10/09/2010 15:36:46
“Ideeleradio.- El decreto legislativo 1097 es procesalmente inaplicable porque el sobreseimiento de oficio por vencimiento del plazo de instrucción no está previsto en el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), explicó Víctor Cubas Villanueva, coordinador de la Fiscalía Penal Nacional.
?En el numeral 2 del artículo 344 del Nuevo Código Procesal Penal no hay un supuesto de que por haberse vencido los plazos se aplique el sobreseimiento. No existe el artículo que señalan y citan. Las razones por las que se dictan un sobreseimiento están claramente señaladas: que no se haya realizado la comisión del delito que se esté juzgando, que la acción penal se ha extinguido, que no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. Eso son todos los supuestos, no hay más?, anotó en conversación con el programa ?No Hay Derecho? de Ideeleradio.
?Si eso ocurriera [un sobreseimiento], en la práctica lo que estaría haciéndose es emitir una resolución de sobreseimiento definitivo, y un sobreseimiento de esta naturaleza tienen el mismo valor que una resolución absolutoria porque extingue totalmente el ejercicio de la acción penal. Es decir, si hay detenidos tienen que ser puestos en libertad, si hay medida cautelar tienen que levantarse?, manifestó.
Precisó que en la etapa de instrucción que realiza la Fiscalía, no se puede solicitar el sobreseimiento por vencimiento de plazos. Indicó que si se presentara una solicitud para que se declare el sobreseimiento bajo el amparo del decreto legislativo 1097, el fiscal tendría que responder no ha lugar a lo solicitado, porque no tiene las facultades para declarar un auto sobreseimiento.
?Esa investigación [etapa de instrucción] no tiene señalado plazo en la regulación legal. Esa resolución sólo lo puede dictar un juez?, indicó.
Expresó que los representantes del Ministerio Público son consientes de que si se acepta el sobreseimiento o la prescripción de esos procesos se genera impunidad y la indefensión de las víctimas. Manifestó aseguró que los representantes del Ministerio Público actuaran de acuerdo a la constitución y las leyes.
?El Ministerio Público es una institución jerárquicamente organizada, de tal manera que se puede emitir una directiva para que se tenga normas que permitan aplicarlas, pero no en casos concretos. No se puede decir a un fiscal cómo debe resolver un caso concreto. Este dispositivo legal no es claro. Crea más confusiones de las que pretende resolver. No es practicable en el ámbito de la investigación preliminar?, señaló.
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Es Noticia, MP considera un contrasentido aplicar Nuevo Código Procesal Penal en DL 1097 – 09/09/2010 16:24:06
“Ideeleradio.- Aplicar los artículos del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en el Decreto Legislativo 1097 es un ?contrasentido? porque va contra los derechos humanos y genera un acto de discriminación al favorecer sólo a militares y policías, aseveró Virginia Alcalde Pineda, secretaria técnica del Equipo de Implementación del NCPP.
Fue al comentar el contenido del Decreto Legislativo 1097, que adelanta la aplicación de algunos artículos del Nuevo Código Procesal Penal, supuestamente para garantizar un debido proceso, pero que en el fondo pretendería beneficiar al personal militar y policial acusado de crímenes de lesa humanidad, afectando seriamente el derecho a la igualdad.
?Creo que decir que por un lado se aplique [el CPP] para el tema de derechos humanos [en torno al DL 1097] y que por otro lado, más bien, se detenga en los casos que la ciudadanía demanda [justicia] en el día a día, es realmente un contrasentido [para la justicia peruana]. ?Por qué? Porque los delitos comunes que todos los ciudadanos reclamamos es que todos los días hay robos y falta de seguridad ciudadana?, expresó en el programa ?No Hay Derecho? de Ideeleradio.
?Entonces está mal entendido decir que el Código Procesal Penal [desfavorece] al contrario [utilizarlo para favorecer a militares procesados por violar derechos humanos] constituye de alguna manera un menoscabo, una oposición a la seguridad ciudadana [?] y un acto de discriminación para quienes reclaman justicia [ante los delitos comunes]?, explicó.
Alcalde Pineda , consideró que el Poder Ejecutivo debería aplicar la reforma procesal en base a argumentos técnicos, como lo planteado por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, que cuenta con una planificación organizada y recomienda que su aplicación deba ser progresiva.
Contó que la Secretaría Técnica nunca fue consultada en torno a la implementación del Código Procesal Penal en el Decreto Legislativo N? 1097. ?A la Secretaría Técnica nunca se nos comunicó nada. Regularmente siempre se envían los proyectos al Ministerio Público y al Poder Judicial para que opinen de este tipo de normas que tienen que ver con nuestra actividad funcional [pero en este caso no fue así]?, manifestó.
En ese sentido, rechazó la forma en cómo el Poder Ejecutivo viene implementando el Nuevo Código Procesal Penal tras cuestionar las modificaciones -que en menos de tres- se ha realizado a la misma.
?En menos de tres meses el Poder Ejecutivo ha hecho tres cambios de adelantamiento de situaciones del Código Procesal Penal. Primero dijo que se iba adelantar en la provincia de Santa (?ncash). Segundo, presentó un proyecto anticorrupción que luego fue observado y después dijo que se aplica en Lima. Ahora está hablando de la aplicación contra la corrupción y de la aplicación de derechos humanos [en torno al 1097]? criticó.
?[Entonces] saltar, dar retrocesos, o aplicar de esta manera apresuradas situaciones que no van a ser bien organizadas no va a ser positivo para la reforma bajo ningún concepto ni en materia de derechos humanos, ni en materia de corrupción, ni en otras situaciones complejas?, enfatizó.
Rechaza proyecto sobre flagrancia
De otro lado, rechazó la decisión del pleno del Congreso que aprobó el proyecto ley que modifica parte del Código Procesal Penal, sobre el plazo de detención policial sin un mandato judicial para quienes sean descubiertos en flagrante delito.
?Es muy importante que la ciudadanía sepa que la modificatoria de la flagrancia [de delito] que acaba de formular [el Congreso] en mi opinión contraviene fundamentalmente la Constitución Política, porque el Perú tiene un historial en materia de detención que no ha sido contemplada adecuadamente por la policía?, subrayó.
?El mandato de detención tiene que ser expedido por el juez como señala la Constitución y eso es un derecho constitucional [?] Creo que aceptar que la detención sea realizada por la policía es abrir un poco la puerta para la vulneración de derechos humanos?, opinó.
Consideró que en este caso tanto jueces y fiscales podrían inaplicar la norma al considerar que la policía realizó una detención ilegal, puesto que iría contra lo establecido en la Constitución Política del Perú.
?Yo creo que sí [pueden inaplicar] porque el juez va a tener que indudablemente analizar si esa detención contraviene la Constitución. Si la contraviene , el juez va a inaplicar la medida o los abogados [del detenido] van a presentar acciones de hábeas corpus y van a sacar libres, cuando en realidad lo que necesita la Policía es trabajar acorde con el fiscal y hacer que esa persona no se vaya libre. Lo que se trata es investigar sin vulneración de los derechos fundamentales?, enfatizó.
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Que opina? Rivera: Emisión de decretos es una prueba de amor de García a Fujimori – 03/09/2010 13:26:27
“Ideeleradio.- Los decretos legislativos emitidos por el Poder Ejecutivos son una perfecta prueba de amor del presidente Alan García a Alberto Fujimori y confirman una vez más una alianza entre el Apra y Fuerza 2011, afirmó Carlos Rivera, director adjunto del Instituto de Defensa Legal (IDL).
Fue al comentar el paquete de decretos legislativos promulgados vía delegación de facultades, entre ellos, el Decreto Legislativo 1097 que adelanta la aplicación de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal.
?Creo que desde el inicio de este Gobierno eso [la liberación de Alberto Fujimori] estaba absolutamente planteada, como parte elemental de esa alianza política entre el Apra y el fujimorismo [porque vemos] como se clausuran y se archivan los casos de violaciones de derechos humanos. Creo que esto [el paquete de decretos legislativos] es una perfecta prueba de amor de [Alan] García a [Alberto] Fujimori?, expresó en el programa ?No Hay Derecho? de Ideeleradio.
Ratificó que los dispositivos revelan una estrategia política que busca liberar al ex jefe de Estado, Alberto Fujimori, quien está sentenciado a 25 años de pena privativa de la libertad por graves violaciones de los derechos humanos.
?Creo que hay una estrategia política en marcha por el apuro de dictar estos decretos, por modificar de manera grotesca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, con un solo objetivo de hacer que cuando llegue [el caso] Fujimori al Tribunal Constitucional tenga una sentencia amigable y beneficiosa para sus intereses?, estimó.
?[?] Eso nos da cuenta que hay una estrategia política a la cual responden estos decretos, que es parte y es fruto de un acuerdo político entre el Apra y el Fujimorismo, para limpiarse las manos mutuamente de las imputaciones por graves violaciones a los derechos humanos? agregó.
Con decretos se benefician García, Giampietri y Mantilla
Rivera Paz advirtió que con la aplicación del paquete de decretos legislativos, el Caso El Frontón estaría definitivamente archivado y el principal beneficiado sería el mandatario Alan García y el viceministro Luis Giampietri, supuestos autores intelectuales de un operativo que terminó con pérdidas humanas por causa de un motín. ?Es una lógica de ir clausurando ciertas etapas y ciertos procesos políticos.
El presidente García con su intermediario Rafael Rey han dictado un paquete de decretos, principalmente [el DL] N? 1097, que tiene como objetivo clausurar todos los procesos de violaciones a los derechos humanos y de manera especial el caso El Frontón, en que él (Alan García) se encuentra directamente involucrado, ese es el objetivo?, advirtió.
?[?] Hay dos personajes políticos particularmente relevantes que se van a beneficiar de manera directa, uno de ellos es el presidente [Alan García], su vicepresidente [Luis Giampietri] y su amigo Agustín Mantilla porque justamente esta norma dice que no se puede calificar un crimen contra la humanidad sino a partir del año 2003?, añadió.
Apuntó que tanto los miembros del Grupo Colina, el ex comandante Telmo Hurtado, procesado por la Masacre de Accomarca y los responsables de la matanza de Pucayacu, entre otros responsables de casos emblemáticos, también saldrían en libertad al ampararse al paquete de decretos legislativos.
?Todo termina siendo una pantalla, una tremenda payasada a la actuación de la justicia porque estas normas están encaminadas a burlar de manera efectiva y concreta la acción de los magistrados y del Ministerio Público [y] contradice totalmente los acuerdos que nuestro país ha suscrito [en materia de derechos humanos]?, manifestó.
Rey realizó una labor de ingeniería final
Finalmente, el coordinador del ?rea legal del IDL opinó que en estos casos el ministro de Defensa, Rafael Rey, realizó una labor de ingeniería fina a favor de la impunidad, en referencia a su carrera profesional como Ingeniero Industrial.
?[Todo esto] es una labor de ingeniería fina pero a la vez burda por el lado de que pretender modificar un tratado internacional a través de una norma penal nacional. Es un asunto bastante burdo, cualquier estudiante de primer ciclo se puede reír?, declaró.
?Creo que están empeñados en un proyecto político de liquidar el proceso de justicia, obviamente a un año de dejar el gobierno están empeñados en dejar una suerte de cobertura legal para impedir la acción de la justicia sobre aquellos que van a dejar el poder en tan poco tiempo?, concluyó.
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